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Los que solicitan beneficios
cuando han cotizado imposiciones solamente en Chile, se consulta
a través del Consulado o bien personalmente en Chile.
Si los trabajadores tienen imposiciones
en Chile y Argentina, respectivamente, se acogen al Convenio
de Previsión Social y deben iniciar los trámites
en su lugar de residencia. Si están en Chile, a través
del Instituto de Normalización Previsional (San Pablo
2471 Santiago) y si residen en Argentina, en la oficina de ANSES
más cercana al domicilio que figura en su Documento Nacional
de Identidad.
Los ciudadanos chilenos residentes
en Argentina que deseen jubilar y cumplan con los requisitos
exigidos, varones 64 años y 59 años la mujer; con
25 años de aportes (y una Declaración Jurada por
los 5 años restantes para completar 30) pueden acogerse
al CONVENIO CHILENO-ARGENTINO DE SEGURIDAD SOCIAL.
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DOCUMENTACION
QUE DEBEN PRESENTAR |
- Certificado de Nacimiento original
(legalizado por el Consulado de Argentina en Chile)
- Fotocopia de la Cédula
de Identidad chilena
- Documento Nacional de Identidad
para Extranjeros (fotocopia de las páginas 1 y 2)
- Libreta del Servicio de Seguro
Social
- Certificados de otros empleadores
- Certificado de Matrimonio
- Declaración Jurada de
Residencia
El ciudadano chileno que no cumpla
con los requisitos para optar a una jubilación ordinaria
en relación de dependencia (como se le llama en Argentina)
tiene otras opciones a las cuales puede recurrir, como ser, PENSIONES
GRACIABLES Y PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS, siempre que hayan estado
radicados por más de 20 años en Argentina.
Para mayor información
deben concurrir con su Documento Nacional de Identidad a la calle
CORREA SAA Nº 486, SAN JOSE GUAYMALLEN. ESTE ES UN BENEFICIO
QUE OTORGA LA REPUBLICA ARGENTINA.
REQUISITOS HOMBRES:
- Tener 65 años de edad
cumplidos
- Tener 800 semanas de imposiciones
como mínimo
REQUISITOS MUJERES:
- Tener 60 años de edad
cumplidos
- Tener 520 semanas de imposiciones
como mínimo
DOCUMENTACION QUE DEBEN PRESENTAR
- Certificado de Nacimiento original
- Fotocopia legalizada de la Cédula
de Identidad
- Solicitud de Beneficio debidamente
firmada por el interesado y legalizada en el Consulado de Chile
Es la pensión mensual
a que tiene derecho el imponente incapacitado física o
mentalmente para el desempeño de un empleo remunerado.
REQUISITOS:
- Ser declarado inválido
parcial o absoluto
DOCUMENTACION QUE DEBE PRESENTAR:
- El médico tratante debe
llenar la solicitud de Beneficio o extender el certificado correspondiente,
que debe estar legalizado por el Consulado de Chile
- Certificado de Nacimiento original
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PENSION
DE VEJEZ ASISTENCIAL |
Es la pensión a que tienen
derecho los imponentes que no reúnan el número
de semanas de imposiciones exigidas para la pensión normal
de vejez, y que presumiblemente no podrán reunirlas atendida
la edad del solicitante (En Argentina se llama Pensión
de vejez por edad avanzada).
REQUISITOS:
- Haberse inscrito en la ex Caja
de Seguro Obligatorio como imponente, antes de 1937
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EDAD
VARONES SEMANAS DE IMPOSICIONES |
EDAD MUJERES SEMANAS DE IMPOSICIONES |
- 65 años de edad 300 semanas
- 66 años de edad 275 semanas
- 67 años de edad 250 semanas
- 68 años de edad o más
200 semanas
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- 60 años de edad 200 semanas
- 6l años de edad 185 semanas
- 62 años de edad 170 semanas
- 63 años de edad o más
150 semanas
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Es la pensión mensual
a que tiene derecho el o la cónyuge sobreviviente de los
imponentes que hayan fallecido en servicio activo o pensionados.
DOCUMENTACION QUE DEBEN PRESENTAR:
- Solicitud de pensión
de viudez
- Inscripción Consular
de Defunción
- Certificado de Matrimonio original
- Si el matrimonio se ha efectuado
en Argentina éste debe inscribirse en el Consulado correspondiente
- Certificado de Nacimiento original
de la viuda
- Certificado de Nacimiento original
del fallecido
- Fotocopia autenticada de ambas
Cédulas de Identidad
- Liquidación de pago del
fallecido
- En caso de no ser jubilado,
detalle de sus imposiciones en el ex-SSS
Si existen hijos menores, se
debe presentar el Certificado de Nacimiento original de los hijos
o Inscripción Consular de Nacimiento de los mismos. |